Cómo calcular tu finiquito paso a paso (con ejemplo real)
Aprende a calcular tu finiquito paso a paso: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra, con un ejemplo real desglosado y errores a evitar.
Cuando termina una relación laboral —da igual si te despiden, si dimites o si simplemente se acaba tu contrato— la empresa tiene la obligación de entregarte un documento con las cantidades que te debe hasta el último día trabajado. Ese documento es el finiquito, y saber calcularlo es la mejor forma de comprobar que no te están pagando de menos.
En esta guía te explicamos qué incluye exactamente el finiquito, qué se queda fuera, cómo calcularlo paso a paso con un ejemplo real y qué hacer si no estás de acuerdo con la cifra. Si prefieres ir directo al resultado, puedes usar nuestra calculadora de finiquito y obtener el desglose en segundos.
Qué es el finiquito (y qué no es)
El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes que la empresa te debe en el momento en que termina el contrato. Se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la extinción: despido, baja voluntaria, fin de contrato temporal, no superación del periodo de prueba o mutuo acuerdo.
La fórmula general es sencilla:
Finiquito = salario pendiente + vacaciones no disfrutadas + prorrata de pagas extra
Es importante no confundirlo con la indemnización por despido, que es un concepto distinto y aparte. La indemnización solo se cobra en determinados supuestos (despido improcedente, despido objetivo, fin de contrato temporal...), mientras que el finiquito se cobra siempre. Aunque a veces aparecen juntos en el mismo documento, son cantidades independientes.
Qué incluye el finiquito
1. Salario pendiente de cobro
Son los días trabajados del mes en curso que todavía no has cobrado. Si tu contrato termina el día 15, la empresa te debe los primeros 15 días de ese mes. También entran aquí horas extra pendientes, complementos, comisiones devengadas o pluses no abonados.
2. Vacaciones no disfrutadas
En España tienes derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año (o la parte proporcional al tiempo trabajado). Si al terminar el contrato te quedan días sin disfrutar, la empresa debe pagártelos como si fueran días de salario. Puedes comprobar cuántos días has generado con nuestra calculadora de vacaciones.
3. Prorrata de pagas extra
Si tus pagas extraordinarias no están prorrateadas en la nómina mensual, la empresa te debe la parte proporcional generada desde la última paga extra que cobraste hasta el día de la baja. Con dos pagas extra al año (verano y Navidad), cada paga se genera a lo largo de 6 meses.
Qué NO incluye el finiquito
- La indemnización por despido: es un concepto separado. Si te corresponde (por ejemplo, 33 días por año en despido improcedente o 20 días por año en despido objetivo), debe calcularse aparte. Puedes estimarla con la calculadora de indemnización por despido.
- La prestación por desempleo: el paro lo paga el SEPE, no la empresa.
- Salarios de tramitación: solo aparecen en ciertos escenarios judiciales de despido.
Ejemplo real: cálculo paso a paso
Imagina este caso:
- Salario bruto mensual: 1.800 € (con dos pagas extra no prorrateadas de 1.800 € cada una)
- Fecha de baja: día 15 del mes
- Vacaciones pendientes: 10 días
- Última paga extra cobrada hace 4 meses
Paso 1: salario pendiente
Has trabajado 15 días del mes. El salario diario es 1.800 € ÷ 30 = 60 €/día.
15 días × 60 € = 900 €
Paso 2: vacaciones no disfrutadas
Cada día de vacaciones pendiente se paga como un día de salario:
10 días × 60 € = 600 €
Paso 3: prorrata de paga extra
Cada paga extra de 1.800 € se genera en 6 meses, es decir, 300 € por mes (1.800 ÷ 6). Han pasado 4 meses desde la última:
4 meses × 300 € = 1.200 €
Resultado final
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Salario pendiente (15 días) | 900 € |
| Vacaciones no disfrutadas (10 días) | 600 € |
| Prorrata paga extra (4 meses) | 1.200 € |
| Total finiquito (bruto) | 2.700 € |
Ojo: estas cantidades son brutas. El finiquito tributa como salario normal, así que se le aplican las retenciones de IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes. Para saber cuánto te quedará limpio, puedes apoyarte en la calculadora de sueldo neto.
En cambio, si además cobras indemnización por despido, recuerda que la indemnización legal está exenta de IRPF hasta 180.000 €, a diferencia del finiquito.
Plazos: ¿cuándo deben pagarte el finiquito?
La ley no fija un plazo único, pero la práctica habitual (y lo que exigen muchos convenios colectivos) es que el finiquito se pague el último día de trabajo o en la fecha habitual de pago de la nómina. Si la empresa se retrasa, puedes reclamar la cantidad más un 10 % de interés anual por mora sobre los conceptos salariales.
El plazo para reclamar cantidades adeudadas es de 1 año desde que son exigibles. No lo dejes pasar: transcurrido ese año, la deuda prescribe.
Firmar el finiquito: hazlo con cabeza
Firmar el finiquito no significa renunciar a reclamar, siempre que lo hagas bien. Tienes tres opciones:
- Firmar conforme: aceptas las cantidades y, en general, cierras la posibilidad de reclamar esos conceptos.
- Firmar "no conforme": escribe junto a tu firma la expresión "no conforme" (y la fecha). Así dejas constancia de que recibes el documento pero no aceptas el cálculo, y conservas intacto tu derecho a reclamar.
- No firmar: puedes negarte, aunque suele ser más práctico firmar como "no conforme" y quedarte una copia.
Consejos adicionales:
- Pide llevarte el documento a casa antes de firmar para revisarlo con calma. La empresa no puede obligarte a firmar en el momento.
- Tienes derecho a que un representante de los trabajadores esté presente en la firma.
- Comprueba que el documento desglosa cada concepto. Un finiquito con una cifra global sin desglose es una señal de alarma.
¿Puedo reclamar si el finiquito está mal calculado?
Sí. Si detectas que faltan conceptos o que las cantidades no cuadran:
- Reclama primero por escrito a la empresa (burofax o email con acuse), detallando los conceptos y cantidades que consideras incorrectos.
- Si no hay respuesta, presenta una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma (SMAC o equivalente).
- Si la conciliación fracasa, puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
Recuerda: 1 año de plazo para reclamar cantidades, y solo 20 días hábiles si lo que impugnas es el propio despido.
Preguntas frecuentes
¿Se cobra finiquito si me voy voluntariamente de la empresa?
Sí. El finiquito se cobra siempre que termina el contrato, incluida la baja voluntaria. Lo que no cobrarás en ese caso es indemnización por despido ni, por regla general, prestación por desempleo.
¿El finiquito lleva retención de IRPF?
Sí. El salario pendiente, las vacaciones y la prorrata de pagas extra tributan como rendimientos del trabajo y cotizan a la Seguridad Social. La única cantidad que puede estar exenta es la indemnización legal por despido, hasta el límite de 180.000 €.
¿Qué pasa si la empresa no me paga el finiquito?
Puedes reclamarlo en el plazo de 1 año: primero por escrito a la empresa, después mediante papeleta de conciliación y, si es necesario, con demanda en el Juzgado de lo Social. Además, los conceptos salariales devengan un 10 % de interés anual por mora.
¿Firmar el finiquito me impide reclamar el despido?
Firmar el recibo del finiquito no impugna ni valida el despido en sí. Aun así, para protegerte al máximo, firma añadiendo "no conforme" si tienes dudas, y recuerda que para impugnar un despido el plazo es de solo 20 días hábiles.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.
Herramientas relacionadas
- Calculadora de finiquito — obtén el desglose completo de tu liquidación en segundos.
- Calculadora de indemnización por despido — calcula cuánto te corresponde según el tipo de despido.
- Calculadora de sueldo neto — averigua cuánto cobrarás después de impuestos.